RESOLUCIÓN
11/2005
Nombramiento
del
Director General
LA CONFERENCIA
,
Actuando
de conformidad con el Artículo VII de la Constitución,
Habiendo procedido
a votación secreta, tal como establece el Artículo XII del Reglamento General de la
Organización
,
1.
Declara
que
Jacques Diouf
queda nombrado
Director General
, por un período de seis años a partir del
1° de enero de 2006
y hasta el
31 de diciembre de 2011
, fecha en que cesará en el cargo; y
Habiendo considerado
las recomendaciones relativas a las condiciones del nombramiento del
Director General
presentadas por el Comité General de conformidad con los artículos X-2(j) y XXXVI-1 (c) del Reglamento General de la Organización,
2.
Resuelve
que el
Director General
recibirá un sueldo bruto anual de $233,006, dólares EE.UU. correspondientes a un sueldo básico anual de $154,664 dólares EE.UU., con familiares a cargo, o de $137,543 dólares EE.UU., sin familiares a cargo, y un ajuste por lugar de destino correspondiente a $1,547 dólares EE.UU. por cada punto multiplicador, con familiares a cargo, o de $1,375 dólares EE.UU., sin familiares a cargo, pagaderos de conformidad con las disposiciones de la Organización que rigen el pago de sueldos a los funcionarios; que recibirá una asignación para gastos de representación de $50,000 dólares EE.UU. netos al año; que, además, la Organización alquilará directamente una vivienda apropiada que se asignará como residencia oficial del Director General y sufragará los gastos correspondientes; y que tendrá además derecho a todos los demás subsidios y prestaciones que corresponden a los funcionarios de la Organización de las categorías profesional y superiores;   
3.
Resuelve
asimismo que el
Director General
no participará en la Caja Común de Pensiones del Personal de las
Naciones Unidas
, teniendo derecho en su lugar a recibir, en pagos mensuales, como complemento a su remuneración mensual, la cantidad equivalente a la contribución que tendría que pagar la Organización a la Caja Común si participara en la misma;
4.
Resuelve
además que los términos y condiciones del nombramiento del
Director General
se regirán por las disposiciones pertinentes del Estatuto del Personal, a reserva, sin embargo, de lo que establezca el contrato que firmarán el
Presidente de la Conferencia
, en nombre de la Organización, y el Director General electo, de conformidad con el Artículo XXXVI-1(c).
(Aprobada el
26 de noviembre de 2005
)