su
resolución 6/2005, del año 2005, en la que decidió que se realizara la evaluación externa independiente de la FAO, con vistas a “determinar el camino que se ha de seguir”
2.
Acoge
el informe relativo a la EEI, que constituirá la base para la adopción por los Miembros de decisiones sobre un conjunto integrado de reformas con crecimiento de la Organización. Acoge asimismo la respuesta “en principio” de la Administración presentada por el
Director General
, que ayudará también a los Miembros en la adopción de decisiones.
3.
Reafirma
el mandato global de la
FAO
respecto de la alimentación, la agricultura y las bases de recursos naturales conexas y se felicita por la renovada atención mundial a la importante función de la agricultura para el bienestar presente y futuro de todas las personas, destacando la importancia de la Declaración del Milenio y las contribuciones sustanciales que la Organización debe hacer en apoyo de las tres metas convenidas por los Estados Miembros y expuestas en el Marco Estratégico:
-
la eliminación del hambre y la malnutrición;
-
la contribución de la agricultura al desarrollo económico y social sostenible;
-
la conservación y el fortalecimiento de la base de recursos naturales.
4.
Reafirma
su voluntad política y su determinación de aprovechar esta oportunidad y tomar medidas rápidas y bien ponderadas con miras a ejecutar un programa de renovación de la FAO, en el contexto general de las reformas del
sistema de las Naciones Unidas
.
La Conferencia
decide
:
5.
Formular un plan de acción inmediata y un marco estratégico para la renovación de la FAO tras un examen sistemático del informe sobre la EEI y sus conclusiones y recomendaciones así como de la respuesta de la Administración. En el plan de acción se abordarán:
a)
una perspectiva de la FAO y las prioridades programáticas:
i)
las prioridades y los ajustes en el ámbito de los programas para el período 2009-2011;
ii)
un proyecto que abarque los elementos principales de un marco estratégico a largo plazo, así como un proyecto de plan a plazo medio;
b)
la reforma del sistema de gobierno;
c)
la reforma de los sistemas, el cambio de la cultura y la reestructuración a nivel organizativo:
i)
el cambio en la cultura institucional y la reforma de los sistemas de administración y gestión;
ii)
la reestructuración a efectos de eficacia y eficiencia.
Al abordar cada medida de reforma, en el plan de acción inmediata se especificarán: las consecuencias financieras, los objetivos previstos, el plazo para la ejecución y las etapas principales de la aplicación durante el período 2009-2011.
6.
Convocar un período extraordinario de sesiones de la Conferencia de la FAO a finales de 2008, inmediatamente precedido por un período de sesiones breve del Consejo. Dicho período extraordinario de sesiones de la Conferencia brindará una oportunidad a todos los Miembros de reunirse para debatir las propuestas relativas a un plan de acción inmediata y adoptar decisiones a ese respecto y sobre las consecuencias presupuestarias.
7.
Establecer un Comité de la Conferencia en virtud del
artículo VI de la Constitución de la FAO, por un período limitado, con el mandato de completar su labor con la presentación a la Conferencia, en su período extraordinario de sesiones de 2008, de propuestas sobre un plan de acción inmediata. En el Comité podrán participar plenamente todos los Miembros de la Organización. El Comité tratará de realizar su labor con transparencia y unidad y sus miembros decidirán colectivamente las recomendaciones finales del Comité de la Conferencia, en la mayor medida posible por consenso. El Comité desarrollará sus trabajos en todos los idiomas de la Organización. Sin perjuicio de las funciones estatutarias de los comités permanentes del Consejo, el Comité desempeñará las siguientes funciones:
a)
hacer a la
Conferencia
propuestas relativas al plan de acción inmediata con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 5 supra;
b)
mantener constantemente en examen la aplicación (y comunicar sus opiniones al respecto) de todas las medidas, incluidas las comprendidas en la categoría de “logros rápidos”, que ejecute el
Director General
, relativas a las esferas del seguimiento de la EEI que sean fundamentalmente de su competencia, reconociendo que algunas medidas están sujetas a la asignación de los recursos presupuestarios necesarios.
8.
Con objeto de mantener el impulso necesario a fin de alcanzar un acuerdo sobre un plan de acción inmediata para la reforma con crecimiento de la FAO, pedir al Comité de la Conferencia que inicie su trabajo en diciembre de 2007 y que establezca sus métodos de trabajo, el calendario indicativo de su labor y los plazos para los resultados que debe conseguir antes del final de enero de 2008. Considerando que el período extraordinario de sesiones de la Conferencia de la FAO debería celebrarse a más tardar en noviembre de 2008, la Conferencia pide al Comité que presente un informe el 1.º de mayo de 2008 y su informe definitivo antes del final de septiembre de 2008 y que dedique sin tardanza atención a:
a)
un examen detallado del informe sobre la EEI, incluidas cada una de las recomendaciones en él contenidas, con objeto de formular conclusiones preliminares para guiar el resto del trabajo del Comité;
b)
la determinación de las necesidades de información para la adopción de decisiones, incluidas las necesidades de la Secretaría para poder ayudar a los órganos rectores a llegar a conclusiones sobre cada una de las esferas mencionadas en el párrafo 5
c)
la provisión de orientación para: la redacción de las reformas del sistema de gobierno que puedan acordarse y que deban ser consideradas por el
Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos (CCLM)
, los estudios detallados que puedan ser necesarios, y todo ajuste inmediato propuesto en esferas tales como el Programa de Trabajo y Presupuesto para 2009, la administración, los recursos humanos y la estructura orgánica;
d)
un acuerdo sobre los elementos principales de un marco estratégico y un plan a plazo medio, la preparación de propuestas relativas al seguimiento ulterior que deba llevarse a cabo en 2009 y posteriormente, y cualquier disposición especial respecto de los órganos rectores necesaria para la ulterior elaboración y aplicación de un programa de renovación de la FAO.
9.
Nombrar al Prof.
Mohammed Saeid Noori-Naeini
Presidente
del Comité y a la Sra.
Agnes van Ardenne van der Hoeven
y al Sr.
Wilfred Joseph Ngirwa
Vicepresidentes
del Comité. El Comité nombrará a su Mesa y a los demás Vicepresidentes, respetando la representación regional. En las reuniones de la Mesa podrán participar observadores sin derecho a intervenir; en dichas reuniones se tratarán exclusivamente cuestiones administrativas y de organización.
La Conferencia decide además:
10.
En aras de la eficiencia, el
Comité de la Conferencia
establecerá los grupos de trabajo, encargados de determinadas tareas, necesarios para preparar distintas aportaciones para su consideración. Tales grupos estarán integrados por representantes de tres Estados Miembros de cada región como máximo. En las reuniones de los grupos de trabajo podrán participar en calidad de observadores todos los Miembros de la FAO, a fin de garantizar la transparencia; las reuniones se desarrollarán en todos los idiomas de la Organización. Para que todos los Miembros puedan asistir a las reuniones de los grupos de trabajo y de la Mesa, no se celebrarán reuniones simultáneas de dichos grupos y las reuniones de los grupos tampoco podrán coincidir con las de la Mesa. Los presidentes del Comité, la Mesa y los grupos de trabajo se encargarán de que tras cada reunión se prepare y ponga a disposición de los Miembros de la FAO un memorando. El Presidente del Comité presentará su informe final a la Conferencia en su período extraordinario de sesiones.
11.
La Administración de la FAO prestará pleno apoyo, previa solicitud de los interesados, para el funcionamiento del Comité de la Conferencia, su Mesa y sus grupos de trabajo.
12.
En la realización de su labor, el Comité de la Conferencia decidirá cuando es necesario pedir orientación a los comités del Consejo sobre distintos aspectos del proceso de reforma comprendidos en sus respectivos mandatos.
13.
La Conferencia
reconoce
la necesidad de recursos adicionales para el presupuesto del Programa Ordinario para 2008-2009 de la Organización, con objeto de financiar la aplicación de la presente resolución, por un total de 4 millones de USD de conformidad con lo dispuesto en la
resolución 3/2007.