RESOLUCIÓN
13/2005
Aplicación de la Resolución 59/250 de la
Asamblea General de las Naciones Unidas
relativa a la
Revisión trienal amplia de la política
relativa a las actividades operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas
LA CONFERENCIA
,
Acogiendo
con satisfacción el documento final de la Cumbre Mundial de 2005 y consciente de la petición efectuada por los Jefes de Estado y de Gobierno en dicho documento para aumentar la coherencia en todo el sistema;
Consciente de
la importancia fundamental del proceso de reforma de las
Naciones Unidas
en relación, entre otras cosas, con las actividades operacionales para el desarrollo puesto en marcha por el
Secretario General de las Naciones Unidas
y encaminado tanto a lograr una mejor coordinación de las actividades sobre el terreno como a prestar los servicios de manera coherente y eficaz;
Reconociendo
además la necesidad de aumentar la coherencia y la coordinación de las actividades operacionales del
sistema de las Naciones Unidas
, y reconociendo a este respecto la importancia del Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo a fin de apoyar los esfuerzos nacionales de desarrollo;
Recordando
la aprobación de la Resolución 59/250 de la
Asamblea General de las Naciones Unidas
relativa a la revisión trienal amplia de la política relativa a las actividades operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas;
Reafirmando
su compromiso con la Declaración del Milenio, el Consenso de
Monterrey
y el Plan de Aplicación de
Johannesburgo
;
Reafirmando
que cada país tiene la responsabilidad primaria de su propio desarrollo y que no es posible exagerar la importancia del papel de las políticas y las estrategias de desarrollo nacionales con miras a lograr el desarrollo sostenible, y reconociendo que los esfuerzos nacionales deberían ser complementados por programas, medidas y políticas globales de apoyo encaminados a aumentar las oportunidades de desarrollo de los países en desarrollo, teniendo en cuenta al mismo tiempo las condiciones nacionales y velando por el respeto del control, las estrategias y la soberanía nacionales;
Acogiendo
con agrado los recientes esfuerzos e iniciativas con objeto de mejorar la calidad de la ayuda e incrementar sus repercusiones, incluida la Declaración de
París
sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo, reafirma su resolución a adoptar medidas concretas, eficaces y oportunas para aplicar todos los compromisos acordados sobre la eficacia de la ayuda, con sistemas de seguimiento y plazos claros, incluso aumentando en mayor medida la correspondencia entre la asistencia y las estrategias de los países, fortaleciendo las capacidades institucionales, reduciendo los costos de transacción y eliminando los procedimientos burocráticos, haciendo progresos en relación con la desvinculación de la ayuda, mejorando la capacidad de absorción y la gestión financiera de los países receptores y poniendo mayor atención en los resultados del desarrollo;
Reafirmando
el compromiso de los Miembros de la FAO de respaldar la coherencia en todo el sistema mediante la aplicación de las actuales reformas encaminadas a hacer más eficaz, eficiente, coherente, coordinada la presencia en los países de las Naciones Unidas y a mejorar sus resultados con una función reforzada para el funcionario residente de categoría más alta, ya sea un representante especial, un coordinador residente o un coordinador de asuntos humanitarios, que incluya la autoridad, los recursos y la responsabilidad adecuados, y un marco común de gestión, programación y seguimiento;
Acogiendo
con satisfacción la contribución de la FAO a la consecución de los objetivos de desarrollo del Milenio, presentada en el documento “La FAO y el desafío de los objetivos de desarrollo del Milenio: El camino por recorrer”;
Reconociendo
la contribución vital de la FAO a las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas en el plano nacional, así como la participación activa de la FAO en la labor del Grupo de Desarrollo de las
Naciones Unidas
;
Reconociendo
la importancia de la labor operacional y normativa de la FAO y del fortalecimiento de los vínculos entre ambos aspectos (M+5 169):
1.
Reafirma
el compromiso de los Miembros de la FAO con la labor de la Organización, de conformidad con su mandato y en pleno cumplimiento de éste, según se expresa en el Preámbulo y el Artículo 1 de la Constitución de la FAO;
2.
Pide
al
Director General de la FAO
que adopte las medidas apropiadas para aplicar plenamente la Resolución 59/250 de la
Asamblea General
(adjunta a la presente resolución), y en particular el capítulo II sobre la financiación de las actividades operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas; el capítulo III sobre la creación de capacidad; el capítulo IV sobre los costos de transacción y la eficacia; el capítulo V sobre la coherencia, eficacia y pertinencia de las actividades operacionales para el desarrollo; el capítulo VI sobre la capacidad del sistema de las Naciones Unidas al nivel de los países; el capítulo VII sobre la evaluación de las actividades operacionales para el desarrollo; el capítulo VIII sobre las dimensiones regionales; el capítulo IX sobre la cooperación Sur-Sur y el desarrollo de capacidades nacionales; el capítulo X sobre las cuestiones de género; el capítulo XI sobre la transición del socorro al desarrollo y el capítulo XII sobre el seguimiento;
3.
Pide
a la Secretaría de la FAO que presente a la
Conferencia
, en su 34° período de sesiones, un informe provisional sobre la aplicación de la presente resolución.
(Aprobada el
25 de noviembre de 2005
)