Resolución
4/2019
Nombramiento
del Director General
LA CONFERENCIA
,
Actuando
de conformidad con el artículo VII de la Constitución,
Habiendo
procedido a votación secreta, tal como establecen los artículos XII y XXXVII del Reglamento General de la Organización,
1)
Declara
que el Sr.
Qu Dongyu
queda nombrado
Director General
, por un período de cuatro años a partir del
1 de agosto de 2019
y hasta el
31 de julio de 2023
, fecha en que cesará en el cargo;
Habiendo considerado la recomendación relativa a las condiciones del nombramiento del
Director General
presentada por el
Comité General
de conformidad con los artículos X.2 j) y XXXVII.4 del Reglamento General de la Organización, 2) Resuelve que:
2)
Resuelve
que:
a)
el
Director General
percibirá un sueldo bruto anual de 248 617 USD, correspondiente a un sueldo anual neto de 187 532 USD, con familiares a cargo, o de 166 764 USD, sin familiares a cargo, así como un ajuste anual por lugar de destino de 1 875,32 USD por cada punto multiplicador, con familiares a cargo, o de 1 667,64 USD sin familiares a cargo, pagaderos con arreglo a las disposiciones de la Organización que rigen el pago de los sueldos a los funcionarios;
b)
el
Director General
percibirá un subsidio anual neto de 50 000 USD en concepto de gastos de representación;
c)
la Organización alquilará directamente una vivienda apropiada que habrá de asignarse como residencia oficial al
Director General
y sufragará los gastos conexos, en lugar de abonarle un subsidio de alquiler;
d)
el
Director General
tendrá derecho a todos los demás subsidios y prestaciones que correspondan a los funcionarios de la Organización de las categorías profesional y superiores;
3)
Resuelve
asimismo que el
Director General
tendrá la opción de participar en la Caja Común de
Pensiones del Personal de las Naciones Unidas
o, en lugar de ello, tendrá derecho a recibir, en pagos mensuales, como complemento a su remuneración mensual, la cantidad equivalente a la contribución que tendría que pagar la Organización a la Caja Común si participara en la misma;
4)
Resuelve
asimismo que los términos y condiciones del nombramiento del
Director General
se regirán por las disposiciones pertinentes del Estatuto del Personal, a reserva, sin embargo, de lo estipulado en el contrato que suscriban el
Presidente de la Conferencia
, en nombre de la Organización, y el
Director General
electo, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del artículo XXXVII.
Aprobada el
28 de junio de 2019