Resolución
 No.
12/65
Enmienda
al Preámbulo de la Constitución
LA CONFERENCIA
Considerando
que el objetivo final de todas las actividades de la
Organización
, segun se desprende de los fines, funciones y responsabilidades que le formula su Constitución, es el de asegurar a la humanidad el derecho Fundamental a estar protegida contra el hambre,
Decide
enmendar el Preámbulo de la Constitución de la Organización, agregándole las palabras que aparecen subrayadas a continuación:
Los Estados que aceptan esta Constitución, decididos a fomentar el bienestar general, intensificando, por su parte, la acción individual y colectiva a los fines de: elevar los niveles de nutrición y vida de los pueblos bajo su respectiva jurisdicción; mejorar el rendimiento de la producción y la eficacia de la distribución de todos los alimentos y productos alimenticios y agrícolas; mejorar las condiciones de la poblacion rural;
y contribuir asi a la expansión de la economia mundial y a liberar del hambre a la humanidad
, constituyen por la presente la Organización de las Naciones Unidas para la Agricul tura y la Alimentación, que en adelante se llamará la "Organizacion", por cuyo conducto los miembros se informarán recíprocamente sobre las disposiciones que adopten y el progreso logrado en los campos de actividades enunciados anteriormente.
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(Aprobada el
1/12/65
)